Episodio #994 · 7 de enero de 2024 · narra 1879–2003
Hostos y el Derecho Penal
Con la participación de Lic. Carmelo Campos Cruz.
Sobre este episodio
El programa inicia con una definición del derecho penal, resaltando el poder del Estado para sancionar en nombre de la seguridad y la convivencia social. A continuación, Carmelo Campos Cruz diferencia el derecho penal del civil y recorre la evolución de los códigos penales en Puerto Rico, desde el primer código importado de España en 1879, pasando por la reforma de 1902 y la adopción de un modelo californiano.\n\nSe dedica una parte extensa a la figura de Eugenio María de Ostos, su trayectoria académica en Madrid, Chile y la República Dominicana, y sus obras, entre ellas la "Antología Jurídica" y las censuradas "Lecciones de Derecho Penal" editadas en Cuba en 1939. Ostos propone una visión educativa y humanista del sistema penal, criticando la prisión preventiva y la falta de rehabilitación, y su legado se compara con iniciativas actuales en Puerto Rico, como el programa penitenciario de Fernando Picó.\n\nEl episodio concluye con una reflexión sobre la necesidad de volver a incorporar el pensamiento ostosiano en la enseñanza del derecho y en la política penal del Caribe, subrayando la importancia de la educación, la prevención y la humanización del proceso penal.
Momentos
«Cuando hablamos del derecho penal, estamos hablando básicamente del poder que tiene el Estado para sancionar a las personas en nombre de la seguridad y de la convivencia social.»
— Carmelo Campos Cruz · ▶ 1:00
«Si la persona cuando sale tiene toda la disposición de rehacer su vida, pero el sistema le cierra puertas, estamos fallando en la rehabilitación que la Constitución busca.»
— Carmelo Campos Cruz · ▶ 14:08
«En el derecho penal es el Estado quien sanciona a una persona, mientras que el derecho civil regula las relaciones entre personas, como contratos o familia.»
— Carmelo Campos Cruz · ▶ 3:34