Episodio #687 · 22 de febrero de 2016 · narra 1961–2016
La judicatura en Puerto Rico
Con la participación de Lic. José Antonio Andreu García.
Sobre este episodio
En este episodio, el licenciado José Antonio Andreu García —conocido como Tono Andreu— ofrece una explicación detallada del sistema judicial de Puerto Rico, comenzando por aclarar qué constituye la judicatura y qué no. Describe los tres niveles del sistema: el tribunal de primera instancia (jueces municipales y superiores), el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo, explicando las funciones de cada nivel, el sistema de precedente y el rol discrecional del Supremo. Andreu García relata su trayectoria profesional: graduado de abogado a los 23 años en 1961, fue nombrado juez de distrito sin haberlo solicitado —recuerda la anécdota de que 'a Muñoz no se le dice que no'—, luego fiscal auxiliar y fiscal de distrito en Mayagüez, y posteriormente juez superior nombrado por el gobernador Luis A. Ferré. Comparte anécdotas sobre su aprendizaje con abogados destacados de Mayagüez y Ponce, y reflexiona sobre la importancia del fiscal como garante de que la prueba sea limpia y transparente. El episodio aborda temas contemporáneos como la crisis de acceso a la justicia —con un 75% de personas sin representación legal en casos civiles—, la oposición de Andreu a la enmienda constitucional de 1994 que buscaba fijar el Tribunal Supremo en 9 jueces, y los retos del siglo XXI: la necesidad de tecnología en los tribunales, el uso del ADN en casos criminales, y la capacitación continua de los jueces. Andreu concluye que la judicatura tiene el elemento humano y el interés, pero carece de los recursos necesarios.
Momentos
«A Muñoz no se le dice que no. Y yo, que era muy joven, voy donde mi mujer y le digo, oye, Cecilia, Muñoz no se le dice que no, así es que vamos a tener que aceptar eso. Y ella me dijo, yo no tengo ningún problema con que tú aceptes si te gusta.»
— José Antonio Andreu García · ▶ 22:15
«Yo me opuse abiertamente y activamente a esa enmienda, entendía que era politizar a la judicatura. Yo entendía que el hecho de que el gobernador tal o el gobernador más cual hubiera nombrado a tal o cual juez, no era indicativo de que ese juez iba a responder a los intereses particulares del partido de gobierno al momento de su nombramiento.»
— José Antonio Andreu García · ▶ 36:05
«Cuando yo digo prueba limpia es que no sea una prueba fabricada o extorsionada, arrancada mediante amenazas o extorsión, que sea una prueba que no responda a otros intereses que al de una sana administración de la justicia. Y el deber del fiscal es cerciorarse de esto, y si tiene dudas investigar si así es, y si entiende que no es, su deber es no acusar.»
— José Antonio Andreu García · ▶ 29:00